Mitos y realidades de la Modalidad 10 del IMSS

¿Trabajas de manera independiente y quieres cotizar en el IMSS? Actualmente ya no es necesario estar dado de alta en un empleo formal, ya que desde el 2021 se implementó la Modalidad 10 del IMSS para trabajadores independientes.

Sin embargo, debido a la relativa novedad y desconocimiento alrededor de este esquema, existen muchos mitos que pueden llevarte a tomar decisiones equivocadas al momento de darte de alta con él.  

En este artículo aclaramos los principales mitos de la Modalidad 10 del IMSS para que conozcas cómo funciona realmente.

Mito 1: Si dejo de trabajar ya no puedo seguir cotizando al IMSS

Falso.

Precisamente uno de los objetivos de la Modalidad 10 es permitir que las personas trabajadoras independientes continúen cotizando aunque no tengan un trabajo formal. 

Esto ayuda a mantener la continuidad del historial laboral y a seguir construyendo derechos para una futura pensión.

Mito 2: Para inscribirme a la Modalidad 10 debo estar dado de alta en el SAT

Falso.

No es requisito estar inscrito en el SAT ni presentar declaraciones fiscales para incorporarte a este esquema de aseguramiento.

Mito 3: La Modalidad 10 solo sirve para tener servicio médico

Falso.

Además de brindar acceso a los servicios médicos del IMSS, la Modalidad 10 también permite:

  • Tener derecho a atención farmacéutica, estudios de laboratorio, etc.
  • Seguir acumulando semanas cotizadas.
  • Mantener o recuperar derechos para una futura pensión.
  • Acceder a prestaciones como guarderías, pago de incapacidades, cobertura por enfermedades y discapacidad, etc.

Mito 4: Afiliarse a la Modalidad 10 es un trámite complicado.

Falso.

Puedes realizar el trámite a través de la página web del IMSS, en el apartado de personas trabajadoras independientes, en unos cuantos minutos. 

Al ingresar tendrás que proporcionar la siguiente información: 

  • Datos del trabajador independiente. 
  • Definir la ocupación que se realiza, para saber los riesgos de trabajo a los que se está expuesto. 
  • Señalar el ingreso con el que se desea cotizar. 
  • La periodicidad del aseguramiento, la cual puede ser mensual, semestral o anual.

Con esta información, el sistema va a calcular el importe de la cuota a cubrir, además de generar la línea de captura que podrá ser pagada en el Banco de tu preferencia. 

Toma en cuenta que después de realizar el pago, el inicio del aseguramiento comenzará a partir del primer día del mes siguiente. Además, una vez que realices esta afiliación, ya no necesitarás hacer otro trámite pues si las condiciones son las mismas, el IMSS mandará de manera regular al correo electrónico registrado, los formatos para pago de los meses siguientes. 

Cualquier ajuste que desees hacer, puedes realizarlo dentro de la misma página web.

Mito 5: Hay un salario y plazo único para registrarse

Falso.

Al darte de alta como Trabajador Independiente en el IMSS, tú eliges libremente tu Salario Base de Cotización que puede ir desde 1 salario mínimo de la Ciudad de México hasta un máximo de 25 UMAS. 

En cuanto a la temporalidad, también es flexible, ya que tú decides si contratas por lapsos de 1, 3, 6 meses o 1 año.

Eso sí, debes pagar a más tardar el día 20 del mes calendario en curso para no perder la cobertura. 

Mito 6: No puedes incluir a familiares

Falso.

Ya sea tu cónyuge o concubina(o), hijas o hijos y padres, todos tus beneficiarios legales pueden gozar de la atención médica si cumplen con los requisitos de edad y dependencia económica, en su caso.

Mito 7: Puede ayudarte a recuperar la vigencia de derechos

Verdadero.

Si eres Ley 73 y perdiste tu vigencia de derechos por dejar de cotizar durante varios años, volver a incorporarte al IMSS mediante la Modalidad 10 puede ayudarte a recuperar este derecho, siempre que cumplas con las condiciones previstas en la Ley del Seguro Social.

Mito 8: Puedo cambiar de Modalidad 10 a Modalidad 40

Verdadero.

Es posible siempre que cumplas con los requisitos para cambiarte a la la Modalidad 40.

Por ejemplo:

  • Estar dado de baja del régimen obligatorio del seguro social al momento de solicitar el alta en la Modalidad 40 (en este caso, estar dado de baja de la Modalidad 10).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años.

Quizá te pueda interesar: ¿Se puede pasar de Modalidad 10 a Modalidad 40 en el IMSS?

Mito 9: Inscribirse a la Modalidad 10 no requiere una estrategia

Falso.

Aunque la Modalidad 10 ofrece beneficios importantes, es imprescindible que antes de incorporarte recibas asesoría especializada para analizar aspectos como tu edad, régimen de pensión, semanas cotizadas y objetivos de retiro para elegir el esquema que más te convenga.

En Retiro Estratégico analizamos tu situación afiliatoria y diseñamos una estrategia personalizada para ayudarte a elegir el esquema que mejor se adapte a tus objetivos de retiro.

Síguenos en redes sociales para más información sobre pensiones IMSS:

FacebookLinkedInYoutubeInstagramXTikTok

Aviso de Privacidad Sitio web desarrollado por Clico® Digital Marketing S.A. de C.V.