Pensión IMSS por Incapacidad Permanente: qué es y requisitos 

¿Sufriste un accidente o enfermedad a causa de tu trabajo, que disminuyó o afectó permanentemente tu capacidad para laborar? Podrías tener derecho a recibir una pensión por parte del IMSS. 

En este blog te explicamos qué es una Pensión por Incapacidad Permanente, cuándo aplica y los documentos requeridos para solicitarla.

¿Qué es la Pensión por Incapacidad Permanente?

La pensión de incapacidad permanente es una prestación económica otorgada a la persona asegurada que haya sufrido un riesgo de trabajo (accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo del trabajo).

Para recibirla es necesario un dictamen previo emitido por los Servicios de Salud en el Trabajo. 

La Pensión por Incapacidad Permanente puede otorgarse de 2 formas:

Provisional: se otorgará por un período de adaptación de dos años. Durante ese período, en cualquier momento el Instituto podrá ordenar la revisión de la incapacidad y, por su parte, el trabajador asegurado tendrá derecho a solicitarla, con el fin de modificar la cuantía de la pensión

Permanente: Transcurrido el periodo anterior, y de ser el caso, se otorgará la pensión con carácter permanente.

Monto de la pensión

El monto de la pensión depende del grado de incapacidad dictaminado: 

  • Incapacidad permanente total: se otorga el 70% del salario en que cotizaba el trabajador al ocurrir el riesgo; si la incapacidad obliga a la asistencia permanente de otra persona, se añade hasta un 20% adicional. 
  • Incapacidad permanente parcial: si la valuación es superior al 50%, se otorga una pensión equivalente al porcentaje que fije la tabla de valuación aplicado sobre la que correspondería a una incapacidad permanente total. Si la valuación es de hasta el 25%, se paga una indemnización global equivalente a cinco anualidades en una sola exhibición. Si el porcentaje se ubica entre el 25% y el 50%, el trabajador puede optar entre una pensión o una indemnización. 

Además, los pensionados por incapacidad permanente total y los de incapacidad parcial con más del 50% de incapacidad tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a 15 días del importe de la pensión. 

Requisitos para solicitar la Pensión por Incapacidad Permanente

Que la persona asegurada: 

  • Se encuentre vigente en sus derechos al declararse el estado de incapacidad.La pensión por riesgo de trabajo no requiere un mínimo de semanas cotizadas para su otorgamiento.
  • Haya sufrido un riesgo de trabajo ocasionándole incapacidad permanente total o parcial para trabajar. 
  • Que la incapacidad haya sido dictaminada por los servicios de Salud en el Trabajo, a través del formato ST-3. 

Documentos requeridos 

De la persona asegurada: 

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma (original para cotejo y copia).
  • Comprobante de domicilio no mayor a 90 días (original para cotejo y copia).
  • Estado de cuenta bancario con el número de cuenta y CLABE interbancaria a nombre del titular (original para cotejo y copia).
  • Acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento legal (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
  • Dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajo ST-3, proporcionado por los Servicios de Salud en el Trabajo, que acredite el estado de incapacidad o defunción por riesgos de trabajo.

Documentos de beneficiarios, solo si se trata de incapacidad permanente total o de incapacidad permanente parcial que supere el 50% de valuación y de lugar a una pensión

Esposa(o): 

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma (original para cotejo y copia).
  • Comprobante de domicilio no mayor a 90 días (original para cotejo y copia).
  • Acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento legal (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
  • Acta de matrimonio (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea con fecha de expedición no mayor a 90 días naturales).

Concubina (o)

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma (original para cotejo y copia).
  • Comprobante de domicilio no mayor a 90 días (original para cotejo y copia).
  • Acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento legal (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
  • Resolución ejecutoriada emitida por autoridad judicial, que pruebe la relación de concubinato entre la persona beneficiaria y la asegurada (copia certificada); la cual debe acreditar un periodo mínimo de 5 años de concubinato; o bien, copia certificada de acta de nacimiento o de adopción de los hijos o hijas en común que nacieron o hayan sido adoptados en de los 5 años anteriores a la fecha de la solicitud, siempre que hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

Hijo(a) (es requisito no estar inscrito(a) al Régimen Obligatorio del Seguro Social):

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma (original para cotejo y copia).
  • Comprobante de domicilio, no mayor a 90 días (original para cotejo y copia).
  • Acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento legal (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).
  • Estudiante de 16 a 25 años. Constancia de estudios emitida por instituciones del Sistema Educativo Nacional que acredite su inscripción al ciclo escolar (original). 
  • En caso de incapacidad de hijos(as) mayores de 16 años, presentar el Dictamen de Beneficiario Incapacitado ST-6 proporcionado por los Servicios de Salud en el Trabajo, que acredite que la persona beneficiaria se encuentre totalmente incapacitada (original). 

Ascendiente(s) (de no existir personas beneficiarias de los puntos anteriores): 

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma (original para cotejo y copia).
  • Comprobante de domicilio no mayor a 90 días (original para cotejo y copia).
  • Acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento legal (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea).

Recomendaciones antes de iniciar tu trámite de Pensión por Incapacidad Permanente

  • Verifica que tus datos se encuentren actualizados en el IMSS y en tu AFORE.
  • Confirma que tus beneficiarios se encuentren registrados ante el IMSS (ya que serán considerados para el pago de asignaciones familiares por carga familiar).

Pasos para tramitar tu Pensión IMSS por Incapacidad Permanente

Antes de solicitar la pensión, el riesgo de trabajo debe haber sido calificado por el IMSS mediante los formatos ST-7 o ST-9 según corresponda. El dictamen ST-3 de incapacidad permanente se emite una vez reconocido el riesgo.

  • Acude a las ventanillas del Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar que te corresponda.
  • Entrega la documentación y firma la solicitud de pensión.
  • El IMSS emitirá una resolución de pensión en donde dará a conocer la fecha de pago.

Conoce tus derechos ante un accidente de trabajo

Un accidente o enfermedad relacionado con tu actividad laboral puede cambiar tu capacidad para continuar trabajando, por lo que es importante conocer las prestaciones a las que tienes derecho.

Si el IMSS determina mediante el dictamen ST-3 que existe una Incapacidad Permanente parcial o total, reúne tu documentación y acude a tu Unidad de Medicina Familiar para iniciar el trámite y recibir la pensión que te corresponde.

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