
¿Cómo saber si soy Ley 73 o 97 del IMSS?
¿Quieres saber si perteneces a la Ley 73 o a la Ley 97 del IMSS?
Conocer tu régimen es fundamental, porque determina cómo se calcula tu pensión, qué estrategias puedes aplicar (como Modalidad 40 o Modalidad 10), los requisitos para pensionarte y los beneficios que recibirás.
En esta guía clara y actualizada aprenderás a identificar tu régimen en menos de 5 minutos.
¿Qué es la Ley 73 y qué es la Ley 97 del IMSS?
El IMSS tiene dos regímenes de pensión:
Ley 73
Aplica a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
Su pensión se calcula con base en:
- Semanas cotizadas
- Salario promedio de los últimos 5 años
- Edad al pensionarse
Este régimen permite utilizar estrategias para aumentar la pensión como la Modalidad 40 o la Modalidad 10.
Ley 97
Aplica a quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997.
Su pensión depende principalmente de:
- El dinero acumulado en su AFORE
¿Cómo saber si eres Ley 73 o Ley 97?
La forma más confiable es revisar la fecha en la que empezaste a cotizar por primera vez ante el IMSS.
Paso 1: Descarga tu constancia de semanas cotizadas
Puedes hacerlo en:
- Portal del IMSS
- App IMSS Digital
Necesitarás tu CURP, NSS y un correo electrónico.
Paso 2: Ubica la primera “Fecha de alta” al IMSS
Este dato aparece al inicio del documento.
- Si dice una fecha anterior al 1 de julio de 1997, eres Ley 73.
- Si dice 1 de julio de 1997 o después, eres Ley 97.
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¿Y si trabajé antes del 97, pero no tengo semanas registradas?
Esto es muy común y existen dos posibilidades:
- Sí trabajaste antes del 97, pero tu patrón no registró bien las aportaciones.
Si puedes demostrarlo con documentos como recibos, contratos o avisos afiliatorios, es posible recuperar tu régimen Ley 73.
- Sí trabajaste antes del 97, pero nunca estuviste dado de alta.
En este caso, el IMSS te asignará Ley 97.
Si tienes dudas, te recomendamos buscar asesoría profesional para analizar tu expediente afiliatorio y determinar tu régimen correctamente.
Tabla comparativa Ley 73 y Ley 97
| Característica | Ley 73 | Ley 97 |
| ¿Quiénes aplican? | Primer registro antes del 1 julio 1997 | Primer registro desde el 1 julio 1997 |
| Forma de cálculo | Salario promedio + semanas cotizadas + edad al pensionarse | Saldo de AFORE |
| Semanas necesarias | 500 | 875 en 2026 (aumenta 25 cada año hasta llegar a 1000 en 2031) |
| Modalidad 40 o Modalidad 10 | ✔ Sí aplica | ✔ Sí aplica (sólo para acumular recursos y semanas en tu cuenta individual) |
| Aguinaldo | ✔ Sí aplica | No aplica |
| Tipo de pensión | Vitalicia | Retiro programado, renta vitalicia o pensión garantizada |
¿Prefieres una explicación en video?
En este video te explicamos de manera sencilla cómo identificar si perteneces a Ley 73 o Ley 97 del IMSS.
¿Es posible cambiar de la ley 97 a la ley 73 y viceversa?
Los derechos adquiridos por cotizar en uno u otro régimen se preservan y se toman en cuenta para calcular tu pensión en el momento del retiro. Es decir: si comenzaste a cotizar bajo la Ley 73 y posteriormente cotizaste bajo la Ley 97, mantendrás los derechos adquiridos bajo la Ley 73 y bajo la Ley 97.
Llegado el momento de hacer tu trámite de pensión, el IMSS verifica que régimen te corresponde y te presenta el cálculo de la pensión de cada régimen aplicable. En caso de que te apliquen ambos regímenes de pensión, tendrás que elegir el que más te convenga (usualmente el de la Ley 73).
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